Debido a un error cometido por el Banco de Crédito del Perú (BCP) al eliminar la cuenta en dólares de un cliente que tenía 10 años desde su apertura y enviar todos sus ahorros al al Fondo de Seguro de Depósitos, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) le aplicó una multa de casi 60 mil soles que deberá pagarle al ciudadano afectado.
Esta sanción se dio en una segunda instancia administrativa por parte de la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) de la institución mencionada. La resolución 1477-2024/SPC-INDECOPI, del 27 de mayo de 2024, de la Sala manifiesta que, para mover los ahorros del consumidor, la entidad financiera no cumplió con el procedimiento establecido en el artículo 14 de la Resolución SBS 0657-99.
Por esto, la entidad bancaria debió efectuar la publicación oficial en el diario el Peruano y también avisarle al ciudadano afectado sobre el cierre de su cuenta, además de la remisión de su dinero al fondo.
Según el artículo 182 de la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, manifiesta que los depósitos inmovilizados por un plazo de 10 años conforman el Fondo de Seguro de Depósitos y los bancos deben cumplir con advertirle a los usuarios.
La penalización que deberá afrontar el BCP será la devolución total del efectivo que tenía el cliente, los gastos legales, así como una multa de 11,60 unidades de imposición tributario (UIT), que significa un monto de 59 740 nuevos soles.