El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31520 la cual fue presentada por 33 congresistas, que recorta la autonomía e independencia de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). La finalidad de los legisladores era que, a través de este fallo, se confirme la constitucionalidad de la ley y con ello ratificarla.
Como se recuerda en junio de este año, el pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia y con 72 votos a favor, 39 en contra y 4 abstenciones, la ley que incluía en el Consejo Directivo de la Sunedu a representantes de universidades que serán elegidos, sin concurso público, por los mismos rectores, lo que significaría volver a una similar Asociación Nacional de Rectores (ANR).
Para detener su implementación, la Sunedu interpuso una demanda de amparo contra el Poder Legislativo. Como resultado, el paso 19 de julio de este año, el Segundo Juzgado Especializado Constitucional de Lima ordenó anular todo el procedimiento legislativo que derivó en la aprobación de la iniciativa en el Congreso.
Sin embargo, el Congreso publicó la ley en El Peruano dos días después. Asimismo, 33 congresistas presentaron ante el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra la norma que ellos mismos promulgaron y que hoy vuelve a tomar revuelo.
Tras la decisión tomada por el Tribunal Constitucional, la estrategia de los congresistas para implementar la Ley 31520 mantiene su camino. Cabe precisar que, la norma tendrá que afrontar un nuevo pedido de inconstitucionalidad en su contra, el cual fue realizado la semana pasada por la Defensoría del Pueblo.
Para la mencionada entidad, que preside Eliana Revollar, la Ley 31520 también vulnera el principio de independencia y autonomía del órgano responsable en supervisar el servicio educativo universitario.
Redacción: Christian Nima C.