Jorge García Juárez, fiscal del Equipo Especial contra la Corrupción del Poder, evaluó que José Nenil Medina, alcalde de Anguía (Cajamarca), podría recibir una condena mínima de 23 años de pena privativa de la libertad en el posible caso que sea hallado culpable de los delitos de organización criminal, lavado de activos y colusión agravada.
En medio de la audiencia de pedido de 36 meses de prisión preventiva en contra del burgomaestre, el fiscal señaló que al investigado se le imputa los delitos de organización criminal, colusión agravada y lavado de activos, que, al tratarse de delitos graves, contemplan penas que superan los cuatro años de pena privativa de la libertad previsto como requisito.
Tras ello, el abogado Martín Silva, defensa legal de José Nenil, explicó que la gravedad de dicha condena no podría ser usada por el Ministerio Público para sustentar el pedido de 36 meses de prisión preventiva, mientras tanto el fiscal persistió en que dicha medida tiene como objetivo asegurar su presencia en las investigaciones.
El fiscal García Juárez, sustentó que la medida de 36 meses de prisión preventiva es necesaria para asegurar su presencia durante los actos que requiere esta investigación. Asimismo, recordó que durante las diligencias fiscales se pudo identificar que cuenta con varias propiedades que no garantizan su arraigo domiciliario.
Cabe recordar que, en una anterior audiencia, el fiscal indicó que, de acuerdo a la tesis del Ministerio Público, Yenifer Paredes, cuñada del presidente Pedro Castillo, sería la “lobista” principal y su hermana, la primera dama Lilia Paredes, la coordinadora dentro de una organización criminal que estaría liderada por el presidente Pedro Castillo.
En el caso puntual de Anguía, distrito del cual es alcalde José Nenil, el fiscal mencionó que la existencia de una organización criminal enquistada en el Ministerio de Vivienda no se hubiera podido concretar sin las empresas de fachada: de propiedad de los empresarios hermanos Hugo Espino Lucana y Anggi Espino Lucana.
Redacción: Christian Nima C.