La presidenta Dina Boluarte ha promulgado la Ley de Medicamentos Genéricos, aprobada por el Congreso el 9 de mayo. Esta norma introduce una nueva regulación para las boticas, farmacias y establecimientos de salud privados en relación a la venta de medicamentos genéricos.
Lo más relevante de esta ley es la obligación de mantener un porcentaje mínimo de medicamentos en cada farmacia o botica. Además, se han establecido nuevas regulaciones y prohibiciones específicas para estos establecimientos.
La piedra angular de la norma es el “listado de los medicamentos genéricos de denominación común internacional (DCI)”. En este documento se detallarán todos los medicamentos genéricos que podrán ofrecer las oficinas farmacéuticas y farmacias de los establecimientos de salud en el sector privado. Cabe destacar que este listado debe ser aprobado por el Ministerio de Salud.
En consecuencia, la ley establece que los farmacias deben ofrecer fármacos genéricos en Denominación Común Internacional (DCI), así como medicamentos genéricos de marca.
La ley prohíbe que los médicos utilicen el acceso de ventas de cualquier producto famarceutico para conseguir algun beneficio. Esta causa impulsa que las medicinas genericas sean vendidas en nuestro país ya que están dirigidos no solo en los locales públicos y privados, sino también por los quimicos farmaceuticos.